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año:2009
 
unidad:AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales DFOE-SOC-1522 2 18 de diciembre, 2009 Al contestar refiérase al oficio Nº 13845 18 de diciembre, 2009 DFOE-SOC-1522 Máster Adriana Retana Salazar Directora Ejecutiva Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) Estimada señora: Asunto: Atención a consulta relativa a si los remanentes de la partida de Remuneraciones y Cuentas Especiales pueden considerarse específicos para el financiamiento de la homologación y pago de percentiles. Nos referimos a su oficio N° DE-661-09 del 12 de noviembre, 2009, recibido en esta Contraloría General el 13 de noviembre del mismo año. I. Motivo de la Consulta Se solicita el criterio de esta Contraloría General en relación con una gestión que está pendiente en la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, pues existe la posibilidad de que ese Consejo tenga que realizar en el año 2010, erogaciones relacionadas con el pago para homologar las clases de trabajadores profesionales al sistema de clasificación y valoración de la Dirección General del Servicio Civil, periodo 2008-2009, más los percentiles correspondientes al periodo 2009, y que en razón de ello ese Consejo incluyó en el Presupuesto 2009, los recursos necesarios para cubrir ese costo. También se comenta en el oficio de marras, que esa inclusión se realizó en la “subpartida 9.2.0. Sumas sin asignación presupuestaria” y que se dispone de otros recursos relativos al superávit del ejercicio 2008 y a otros incluidos en el Presupuesto Extraordinario Nº 3 de 2008 del Gobierno de la República con el fin específico indicado . Además, se señala que en opinión de esa Dirección Ejecutiva todos estos recursos deberían considerarse como Superávit Específico, “…en la liquidación presupuestaria del año 2009, pues tienen un destino claramente indicado en el presupuesto del CNREE para el año 2009 ...
Fecha publicación: 08/01/2010
Fecha emisión: 18/12/2009
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS)
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales DFOE-SOC-1250 2 23 de noviembre, 2009 Al contestar refiérase al oficio Nº 12221 23 de noviembre, 2009 DFOE-SOC-1250 Doctor Luis González Vallejo Director COLEGIO DE GRAVILIAS DIRECCIÓN REGIONAL DE DESAMPARADOS Estimado señor: Asunto: Respuesta a consulta sobre la naturaleza de los dineros administrados por los patronatos escolares y las asociaciones de padres de familia. Nos referimos a su oficio N° CG-160-2009 de fecha 6 de octubre de este año, 2009, recibido en esta Contraloría General el 8 de octubre del mismo año, mediante el cual solicita el criterio de este Despacho en punto a la naturaleza jurídica de los fondos que recaudan o administran los patronatos escolares de las escuelas y las asociaciones de padres de familia de los colegios de secundaria. I. Motivo de la Consulta Nos consulta sobre si los dineros recaudados y administrados por los patronatos escolares de las escuelas de primaria y los dineros de las asociaciones de padres de familia de los colegios de secundaria, son dineros públicos o mantienen carácter privado. II. Criterio del Área En primer término resulta importante hacer referencia a la naturaleza jurídica de los patronatos escolares y las asociaciones de padres de familia. De conformidad con lo establecido por el artículos 73 del Código de Educación, Ley N° 181 del 18 de agosto de 1944, en cada escuela se podrá constituir un patronato escolar que dirigirá una “directiva” integrada por elementos del personal docente y vecinos distinguidos de la localidad cuyos hijos o pupilos sean alumnos del plantel respectivo. Establece el citado numeral que su función es colaborar en la labor encomendada a las juntas de educación y en general en todas las labores de carácter docente y el bienestar de los estudiantes. En el artículo 74 de la misma ...
Fecha publicación: 26/11/2009
Fecha emisión: 23/11/2009
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO DE GRAVILIAS DE DESAMPARADOS
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales FOE-SOC 17 de noviembre, 2009 Al contestar refiérase Al oficio No. 12129 20 de noviembre, 2009 DFOE-SOC-1222 MAE Francisco Ibarra Arana Gerente General JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL Estimado señor: Asunto: Aclaración términos oficio No. 10374 (DFOE-SOC-1011) de fecha 8 de octubre del 2009, en relación con el giro de recursos a las Unidades de Cuidados Paliativos. Esta Área de Fiscalización se refiere al oficio No. G-3185 del 29 de octubre de 2009, suscrito por el señor Julio Canales Guillén, en su condición de Gerente General a.i. de la Junta de Protección Social. I. Motivo de la Consulta Usted solicita que se le aclare del oficio No. 10374 (DFOE-SOC-1011) de fecha 8 de octubre del año en curso, emitido por esta Área de Fiscalización, la forma en que deben girarse los recursos provenientes de la Ley 7765 (artículo 28) a las Unidades de Cuidados Paliativos; esto es, si para todas esas Unidades, operen o no dentro del régimen de la Seguridad Social, deben girarse tales recursos por medio de la Caja Costarricense de Seguro Social. II. Criterio de Área Al respecto, se le indica que se mantienen los términos del oficio No. 10374 (DFOE-SOC-1011), en el sentido de que la Junta de Protección Social debe girar a la Caja Costarricense de Seguro Social los recursos asignados a las fundaciones y asociaciones de cuidados paliativos que apoyan a las unidades de cuidados paliativos, para que esta institución los transfiera a su vez, a dichas organizaciones. Función ésta que realizaba el Instituto Costarricense contra el Cáncer. III. Conclusiones Se mantienen en todos sus extremos, los términos del oficio No. 10374 (DFOE-SOC-1011) de 8 de octubre del 2009. Atentamente, Licda. Mercedes Campos Alpízar Gerente de Área a.i. MCA/LFC/dahs ci Archivo Central Expediente G# 2009000211-74 NI: 21719 ...
Fecha publicación: 26/11/2009
Fecha emisión: 20/11/2009
Institución: JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales DFOE-SOC-1219 2 20 de noviembre, 2009 Al contestar refiérase Al oficio No. 12127 20 de noviembre, 2009 DFOE-SOC-1219 Señora Olga Quirós Sáenz Presidenta ASOCIACIÓN PRO HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA APRONAGE Estimada señora: Asunto: Consulta respecto a la obligatoriedad de presentar a la Junta de Protección Social, estados financieros dictaminados por un Contador Público Autorizado, y la competencia de la Contraloría General en las regulaciones de la Ley “Autorización para el cambio de nombre de la Junta de Protección Social y establecimiento de la distribución de rentas de las loterías nacionales, No. 8718”. Esta Área de Fiscalización se refiere a su oficio N° APH-117 del 26 de octubre del 2009, recibido el 28 de octubre del mismo año. I. Motivo de la Consulta Usted plantea dos consultas. La primera, relacionada con la obligatoriedad de presentar a la Junta de Protección Social estados financieros dictaminados por un Contador Público Autorizado, como requisito para acceder a recursos para el financiamiento de proyectos específicos. La segunda, versa sobre la competencia que ostenta la Contraloría General en las regulaciones de la Ley No. 8718, denominada “Autorización para el cambio de nombre de la Junta de Protección Social y establecimiento de la distribución de rentas de las loterías nacionales”. II. Criterio del Área En cuanto a la primera consulta, es importante aclarar que la presentación de estados financieros auditados por parte de las organizaciones privadas, es un requisito que se encuentra regulado en la Circular No. 14299 del 18 de diciembre de 2001 y sus reformas, emitida por esta Contraloría General a los órganos públicos concedentes de recursos al sector privado. Sobre este tema, se le indica que esa disposición se encuentra vigente y es de obligado acatamiento por p ...
Fecha publicación: 26/11/2009
Fecha emisión: 20/11/2009
Institución: ASOCIACION PRO-HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRIA Y GERONOTOLOGIA DR. RAUL BLANCO CERVANTES "APRONAGE"
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales DFOE-SOC-1106 8 26 de octubre, 2009 Al contestar refiérase al oficio Nº 11063 26 de octubre, 2009 DFOE-SOC-1106 Señora Ana Lorena Cordero Barboza Jefa Área Comisión de Asuntos Sociales ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimada señora: Asunto: Criterio sobre el Proyecto de Ley: “Reformas a la Ley General de la Persona Joven, No. 8261, de 2 de mayo de 2002 y sus reformas, y a la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, No. 8131 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas”, expediente legislativo No. 17034. Esta Área de Fiscalización, procede a referirse al oficio CJNA-211-17034 de fecha 24 de setiembre del año en curso, recibido en esta Gerencia el 1° de octubre del 2009, mediante el cual solicita criterio en relación con el Proyecto de Ley denominado: “Reformas a la Ley General de la Persona Joven No. 8261 de 2 de mayo de 2002 y sus reformas, y a la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, No. 8131 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas”, el cual se encuentra en trámite bajo el expediente legislativo No. 17034. Al respecto, se indica que la exposición de motivos se refiere a la necesidad de que la población joven reciba atención y soluciones de todos los servicios que brinda el Estado y no de una única institución, para lograrlo señala que se deben vincular las políticas de los gobiernos con las necesidades de las personas jóvenes. En dicha iniciativa se plantean tres objetivos. El primero, otorgar al Sistema de la Juventud un financiamiento permanente, que provenga del fondo de FODESAF, equivalente a un 2% de su presupuesto. El segundo, que las instituciones públicas incluyan en sus planes anuales operativos acciones y metas mediante los cuales se asignen recursos financieros y se identifiquen poblaciones jóvenes. El tercero, modificar la integración del Consejo de la Perso ...
Fecha publicación: 29/10/2009
Fecha emisión: 26/10/2009
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales 3 DFOE-SOC-1053 14 de octubre, 2009 Al contestar refiérase al oficio N° 10587 14 de octubre, 2009 DFOE-SOC-1053 Señora Adriana Retana Salazar Directora Ejecutiva Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial Estimada señora: Asunto: Atención del oficio No. DE-495-09, mediante el cual se somete a criterio de esta Contraloría General la procedencia de la conformación de una Comisión de Control Interno institucional. Nos referimos a su oficio DE-0495-09 del 10 de agosto de 2009, recibido en esta Contraloría General el 13 de agosto del mismo año, en el que se plantea lo siguiente: I. Motivo de la Consulta Se somete a criterio de este órgano contralor, la procedencia de la constitución y conformación de una Comisión de Control Interno del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial. Se adjunta criterio legal de la Asesoría Jurídica No. ADE-036-2009, del cual desprende las siguientes conclusiones de interés para la presente respuesta: · Existe viabilidad legal de conformar una comisión de control interno institucional toda vez que al no existir un sistema de control interno uniforme que se pueda aplicar a todas las organizaciones, la Administración puede y debe autoorganizarse de la manera que mejor convenga a sus necesidades. · En el mencionado criterio y respecto de la conformación de la comisión en cuestión, la Asesoría Legal apunta que no se justifica la presencia de un miembro de Junta Directiva en la mencionada comisión, ya que ese funcionario como parte del órgano colegiado que funge como Jerarca institucional, estaría fungiendo como ejecutor y fiscalizador, lo cual atenta contra las sanas prácticas administrativas, y que en caso de mantenerse su nombramiento, debe abstenerse de participar en las sesiones en las cuales se conozcan aspectos rel ...
Fecha publicación: 17/10/2009
Fecha emisión: 14/10/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales DFOE-SOC-1052 2 14 de octubre, 2009 Al contestar refiérase Al oficio No. 10585 14 de octubre, 2009 DFOE-SOC-1052 Master Bernardita Irola Bonilla Auditora Interna Ministerio de Salud Doctor Vinicio Mesén Madrigal Presidente Junta Directiva Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE) Estimados señores: Asunto: Consulta de la Dirección General de Auditoría del Ministerio de Salud sobre si el Patronato Nacional de Rehabilitación debe contar con una unidad de Auditoría Interna. Se atiende el oficio de la Dirección General de Auditoría del Ministerio de Salud (MINSA), número DGA-314-2009 del 29 de junio último, mediante el cual se solicita a esta Contraloría General valorar si el Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE), dadas sus características, debe contar en su estructura organizativa con una Unidad de Auditoría Interna. I. Argumentos de la Auditoría Interna del MINSA La Dirección General de Auditoría del Ministerio de Salud, señala en su oficio que el PANARE no está adscrito al Ministerio de Salud y que cuenta con personería jurídica y autonomía administrativa y funcional, al ser un ente público descentralizado, según lo ha señalado la Procuraduría General de la República en el dictamen C-191-2001. Agrega que actualmente esa institución tiene un presupuesto de ¢345.703.9 miles. Asimismo, manifiesta que ha venido fiscalizando y asesorando al PANARE pero que, en consideración al artículo 20 de la Ley General de Control Interno y el monto presupuestario asignado, así como la necesidad de coadyuvar para que se alcancen los objetivos de esa entidad, cree conveniente que se valore si el PANARE debe contar con Auditoría Interna. II. Consideraciones del PANARE En virtud de que la gestión de la Auditoría del MINSA versa sobre un asunto que compete a la administración del PANARE, mediante ofic ...
Fecha publicación: 17/10/2009
Fecha emisión: 14/10/2009
Institución: PATRONATO NACIONAL DE REHABILITACION
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales DFOE-SOC-1007 2 7 de octubre, 2009 Al contestar refiérase Al oficio No. 10354 7 de octubre, 2009 DFOE-SOC-1007 Señora Clara Beatriz Sojo Acuña Directora Ejecutiva Hogar de Ancianos Ofelia C. de Naranjo Desamparados Estimada señora: Asunto: Consulta si al Hogar de Ancianos Ofelia C. de Naranjo, le aplican las “Normas de control interno para los sujetos privados que custodien o administren, por cualquier título, fondos públicos” (N-1-2009-CO-DFOE) Esta Área de Fiscalización se refiere a su oficio N° OF.HAOCN-159-09 del 19 de agosto de 2009, recibido el 3 de setiembre del mismo año. I. Motivo de la Consulta Consulta básicamente si a ese Hogar de Ancianos, le aplican las “Normas de control interno para los sujetos privados que custodien o administren, por cualquier título, fondos públicos” (N-1-2009-CO-DFOE), aprobadas mediante resolución del Despacho de la Contralora General de la República, No. R-CO-5-2009 del 13 de enero 2009 y publicadas en el Diario Oficial La Gaceta No. 25 del 5 de febrero del 2009, toda vez que la Junta de Protección Social no le ha transferido recursos desde hace cuatro meses. El fundamento de la Junta de Protección Social para retener las transferencias según la consulta presentada, es la aplicación del numeral 8 de las normas de control interno citadas, contenidas en el artículo 1° de la resolución dicha. Tal numeral se refiere a la separación de funciones incompatibles. II. Criterio del Despacho Es preciso indicarle que de acuerdo con la parte considerativa de las Normas de referencia, específicamente el punto 3, señala: “Que de conformidad con el artículo 4 de la Ley de Control Interno, los sujetos privados que custodian o administran, por cualquier título, fondos públicos deben aplicar en su gestión los principios y las normas técnicas de control interno que al efecto emita la Con ...
Fecha publicación: 10/10/2009
Fecha emisión: 07/10/2009
Institución: ASOCIACION HOGAR DE ANCIANOS OFELIA CARVAJAL DE NARANJO
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales 2 DFOE-SOC-0746 21 de agosto, 2009 Al contestar refiérase al oficio N° 08745 21 de agosto, 2009 DFOE-SOC-0746 Ingeniero Javier González Fernández Director Ejecutivo Fondo Nacional de Becas Estimado señor: Asunto: Atención del oficio DE-0187-2009, mediante el cual se consulta sobre la viabilidad legal de utilizar los recursos de superávit específico en diferentes subprogramas de becas. Nos referimos a su oficio DE-0187-2009 del 9 de junio de 2009, recibido en esta Contraloría General el 9 de julio del mismo año. I. Motivo de la Consulta Se solicita criterio de este órgano contralor, respecto de la viabilidad de utilizar los recursos que fueron girados por el Ministerio de Educación Pública y el Convenio de Aporte Financiero suscrito entre la Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF) y Fondo Nacional de Becas (FONABE) y que por lo tanto son considerados como superávit especifico en diferentes subprogramas de becas, con el objeto de que FONABE pueda satisfacer la demanda de beneficiarios, por cuanto, el otorgamiento de becas a beneficiarios de escasos recursos económicos es parte de su actividad ordinaria. En primera instancia, debe indicarse que esta Contraloría General no podría referirse respecto a casos concretos, por cuanto la consulta que se plantea, resulta ser un aspecto de carácter puramente administrativo y por ende de absoluta responsabilidad de la Administración Activa. Sin embargo, con el afán de colaboración con la Administración, se procede a emitir criterio en sentido general, respecto del uso y regulaciones aplicables al superávit específico. II. Criterio del despacho Tal y como se indicó anteriormente, esta Contraloría General en el marco de sus competencias no podría asumir funciones y decisiones que son de completa y absoluta r ...
Fecha publicación: 26/08/2009
Fecha emisión: 21/08/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales 2 DFOE-SOC- 06 de julio, 2009 Al contestar refiérase al oficio No. 07500 15 de julio, 2009 DFOE-SOC-0600 Licenciada María del Carmen Redondo Solís Gerente General INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO Estimada señora: ASUNTO: Solicitud de autorización para incluir recursos del superávit específico BANHVI y superávit libre, en el presupuesto ordinario del INVU para el ejercicio del año 2010. Me refiero a su oficio C-GG-233-2009, del 11 de junio último, complementado con el oficio C-GG-257-2009 del 26 de junio, mediante el cual solicita a esta Contraloría General la autorización para incorporar en el Presupuesto Ordinario y el Plan Anual Operativo Institucional del año 2010 del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) recursos que se estima quedarán formando parte del superávit al 31 de diciembre del 2009. Sobre el particular, esta Contraloría General considera que la responsabilidad de la construcción del presupuesto ordinario del 2010 es competencia exclusiva de esa Administración. De conformidad con lo anterior, se estima que este no es el momento procesal oportuno para referirnos a los aspectos planteados. Atentamente, Licda. Amelia Jiménez Rueda Gerente de Área AJR/MAJS/AMVS/dahs CI: Junta Directiva, INVU Presidente Ejecutivo, INVU Auditoría Interna, INVU Dirección Administrativa Financiera, INVU Archivo Central (2) G: 2009000211-43 NI: 11253/12176 T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica PAGE T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica _1226223238.bin ] ...
Fecha publicación: 20/07/2009
Fecha emisión: 15/07/2009
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS